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Cese de actividad y Kit Digital: qué revisar antes de cerrar
Si vas a cerrar, causar baja como autónomo o dejar inactiva una empresa con un expediente Kit Digital vivo, no empieces por una conclusión sobre perder o conservar el bono. Empieza por la fase exacta, el acuerdo firmado, la justificación y las pruebas que aún pueden pedirte.
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La respuesta práctica es esta: si cesas la actividad con el Kit Digital en marcha, reconstruye la cronología antes de actuar. No es lo mismo cerrar antes de firmar acuerdos que cesar con un servicio implantado, con una justificación pendiente o con un pago ya realizado al agente digitalizador. En unos casos el riesgo principal será perder un cobro pendiente; en otros, explicar un incumplimiento o afrontar un posible reintegro.
Vuelve Kit Digital es un medio privado e independiente. Esta guía usa investigación documental y fuentes oficiales para ordenar la incidencia, pero no sustituye a Red.es, a la Agencia Tributaria, a la Seguridad Social ni a una asesoría con acceso al expediente y al contrato privado.
Primero localiza la fase del expediente
Antes de comunicar nada, entra en la sede o en el portal de gestión y guarda el estado literal. Si no sabes interpretarlo, empieza por la guía de estado de solicitud del Kit Digital. La fase determina quién debe actuar, qué documentos faltan y qué palabra conviene evitar.
| Fase | Riesgo principal si cesas | Qué revisar hoy |
|---|---|---|
| Solicitud sin concesión | Que el solicitante ya no cumpla requisitos o no pueda atender una notificación. | Estado, notificaciones, baja censal o RETA y posibilidad real de seguir actuando. |
| Bono concedido sin acuerdo | Que el bono caduque, se renuncie mal o se firme algo sin actividad que justificar. | Fecha de concesión, saldo, plazo de acuerdo y si procede renuncia documentada. |
| Acuerdo firmado | Que el servicio no llegue a implantarse o no pueda mantenerse durante la prestación exigida. | Contrato, categoría, factura, fechas de implantación, obligaciones y comunicación al agente. |
| Justificación pendiente | Que falten evidencias o conformidades cuando el negocio ya ha cerrado. | Cuenta justificativa, capturas, accesos, facturas, pago propio e historial de servicio. |
| Pago realizado | Que una comprobación posterior derive en reintegro si no se acredita finalidad o cumplimiento. | Resolución, importe, documentos custodiados y requerimientos posteriores. |
Cese total, cese parcial o sociedad inactiva
La baja en el modelo 036 de la Agencia Tributaria se reserva para el cese de todo tipo de actividades empresariales o profesionales o para dejar de formar parte del censo correspondiente. Si mantienes alguna actividad, la propia AEAT orienta hacia una modificación censal, no hacia una baja total.
Ese matiz importa para el Kit Digital. Una baja total puede dejar sin base la ejecución o el mantenimiento de la solución; una baja parcial puede exigir explicar qué actividad continúa; y una sociedad que deja de operar pero no se extingue no es igual que una sociedad liquidada. La FAQ censal de la AEAT sobre dejar de ejercer actividades distingue entre persona física y entidades jurídicas inactivas, una separación que conviene trasladar a la carpeta del expediente.
Si eres autónomo, cruza Hacienda y Seguridad Social
Para una persona trabajadora autónoma, la baja censal no es el único documento. La guía de baja en trabajo autónomo de la Seguridad Social pide comunicar la fecha de fin de actividad, motivo de baja y datos de actividad, y advierte del plazo de seis días naturales si la actividad ya terminó.
Con el bono, guarda una línea temporal única: fecha de solicitud, resolución, firma del acuerdo, implantación, baja censal, baja RETA, factura, conformidad y justificación. Esa línea evita dos errores frecuentes: decir que cerraste "después de todo" cuando la justificación aún no estaba aceptada, o creer que el agente puede resolver solo una baja que afecta al beneficiario.
Qué decir al agente digitalizador
Si hay un acuerdo firmado, avisa al agente por escrito. La orden de bases establece que el acuerdo recoge la cesión del derecho de cobro, la prestación, las obligaciones y la colaboración en la justificación. También indica que, durante la prestación, el agente presenta la justificación en nombre del beneficiario, pero el beneficiario sigue siendo responsable último de la actividad subvencionada.
No basta con "cierro, cancela todo". Pide una respuesta concreta: qué está implantado, qué falta, qué facturas se han emitido, qué evidencias conserva, qué parte del servicio puede mantenerse y qué documentos ha presentado o va a presentar. Si el proveedor no responde, usa el protocolo de agente digitalizador no responde antes de perder pruebas.
Justificación, pago y riesgo de reintegro
La Ley General de Subvenciones prevé reintegro cuando hay incumplimiento del objetivo, falta de justificación, justificación insuficiente o imposibilidad de verificar el empleo de los fondos. En Kit Digital, esa regla se cruza con los acuerdos, la cuenta justificativa y la comprobación de la solución.
Por eso el cese no debe convertirse en una suposición de "pierdo todo" ni de "no pasa nada". Si todavía no se pagó al agente, el problema puede parecerse a una pérdida de derecho al cobro. Si ya hubo pago y después no puedes acreditar el cumplimiento, el análisis se acerca al reintegro del Kit Digital. La diferencia práctica es el documento oficial que recibes, el importe afectado y el plazo para responder.
Documentos mínimos antes de cerrar accesos
El peor momento para buscar pruebas es después de haber dado de baja dominios, correos, usuarios, TPV, CRM o cuentas de administrador. Antes de cerrar accesos, descarga y ordena esta carpeta:
- Expediente. Solicitud, resolución, acuerdos, notificaciones, acuses y estado actual.
- Cese. Modelo censal, baja RETA si aplica, fecha efectiva y causa comunicada.
- Contrato y factura. Contrato privado, acuerdo Kit Digital, factura, impuestos y pagos no subvencionados.
- Servicio. Evidencias de implantación, URL, usuarios, licencias, capturas fechadas y registros de uso.
- Agente. Correos, tickets, entregables, cuenta justificativa y confirmación de lo pendiente.
- Control posterior. Copia de seguridad de documentos durante el periodo de conservación exigible.
Si el problema nace en una factura, cruza esta carpeta con la guía de factura e impuestos del Kit Digital. Si nace en una justificación que ya se presentó, revisa subsanación de la justificación.
Cuándo renunciar, comunicar o pedir criterio
Si aún no has usado el bono, puede aparecer la tentación de renunciar y cerrar rápido. La guía de renunciar al bono Kit Digital ayuda a separar renuncia a la ayuda, desistimiento de un acuerdo y devolución de importes. No firmes una renuncia genérica si ya hay facturas, servicios, pagos o conformidades.
Si hay notificación abierta, responde al acto concreto y dentro de plazo. Si no hay notificación, comunica hechos verificables: "fecha efectiva de cese", "fase del expediente", "acuerdos afectados", "documentos que se adjuntan" y "consulta sobre efecto administrativo". Evita afirmar que el expediente queda cerrado, transmitido o recuperable si Red.es no lo ha confirmado.
Lo que esta guía no cubre
Esta pieza no resuelve cambio de NIF, transformación, fusión, escisión, transmisión de negocio ni continuidad de un expediente antiguo por fondos recuperados. Esa intención pertenece a Reapertura Kit Digital, donde se analiza el cese o cambio de NIF en un expediente anterior. Aquí hablamos de un beneficiario que necesita actuar ante un bono, acuerdo o justificación vivos.
Tampoco abre una nueva oportunidad. La página de convocatorias de Red.es, consultada el 8 de septiembre de 2026, muestra las convocatorias históricas y sus cierres, incluido el cierre de las convocatorias III y IV el 31 de octubre de 2025. Cualquier reapertura o nueva convocatoria tendría que publicarse oficialmente con plazo y condiciones propios.
Siguiente paso práctico
Haz una hoja de una página con seis fechas: concesión, firma del acuerdo, implantación, factura, baja efectiva y justificación. Añade el estado literal de la sede y el nombre del agente. Con esa hoja podrás decidir si debes comunicar una incidencia, pedir documentación al proveedor, responder una notificación o preparar una renuncia ordenada.
Si todavía no sabes si el expediente está en solicitud, acuerdo, justificación o pago, empieza por revisar el estado. Si ya hay un requerimiento, prioriza el plazo de la notificación sobre cualquier consejo general.
Preguntas frecuentes
¿Pierdo siempre el Kit Digital si ceso la actividad?
No debe afirmarse como regla automática. Depende de la fase, del acuerdo, de si hubo pago, de la justificación y de lo que indique la notificación o resolución. El riesgo aumenta si no puede acreditarse la finalidad de la ayuda o el mantenimiento comprometido.
¿Tengo que avisar al agente digitalizador si cierro?
Sí conviene avisarle por escrito si existe acuerdo, factura, servicio activo, justificación pendiente o pago asociado al bono. Pide copia de lo presentado y confirma qué queda pendiente.
¿La baja censal en Hacienda basta para cerrar el expediente?
No. La baja censal acredita una situación tributaria, pero el expediente Kit Digital tiene su propio acuerdo, obligaciones, notificaciones y justificación. Hay que conservar ambos planos conectados por fechas y documentos.
¿Puedo volver a solicitar el Kit Digital después del cese?
A 8 de septiembre de 2026, Red.es muestra convocatorias históricas cerradas y no una nueva convocatoria ordinaria abierta. Cualquier nueva solicitud dependería de una convocatoria oficial posterior y de sus requisitos.